Actualización 24/08/17
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TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | ||||||
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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN |
LEY DE INGRESOS ESTÍMULOS FISCALES DEL MUNICIPIO DE LANDA DE MATAMOROS |
Como parte del compromiso de esta Adminstracion con la transparencia gubernamental hemos habilitado esta sección donde podrás conocer temas de
Transparencia, Rendición de Cuentas y Acceso a la Información.
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente: | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Información Pública y Obligatoria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado. |
Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente: |
I. |
Plan Municipal de Desarrollo |
II. |
Plan de desarrollo urbano 2017 Calendario de Presupuesto de Egresos |
III. |
No aplica |
IV. |
Contribuyentes que recibieron cancelación de créditos fiscales. |
V. |
No aplica |
VI. |
Plan de desarrollo urbano 20172017
|
VII. |
No se ha generado información. |
VIII |
Gacetas Municipales |
IX. |
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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente: | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Información Pública y Obligatoria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado. |
Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente: |
I. |
Plan Municipal de Desarrollo |
II. |
Plan de desarrollo urbano 2017 Calendario de Presupuesto de Egresos |
III. |
No aplica |
IV. |
Contribuyentes que recibieron cancelación de créditos fiscales. |
V. |
No aplica |
VI. |
Plan de desarrollo urbano 2018
|
VII. |
No se ha generado información. |
VIII |
Gacetas Municipales |
IX. |
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Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:
II. Su estructura orgánica completa.
III. Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
* LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
* DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
IV. Los indicadores relacionados con temas de interés público o de trascendencia social:
V. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados:
* DIF.
VI. El directorio de los servidores públicos,
VII. Los tabuladores de remuneraciones;
VIII. Gastos:
X. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios.
XI. Declaraciones patrimoniales de servidores públicos.
XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia.
XIII. Las convocatorias a concursos para cargos públicos y los resultados de los mismos;
XIV. Información de programas de subsidios, estímulos y apoyos.
XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal; 2009, 2014, 2015, 2016
XVII. Servidores públicos con sanciones administrativas.
XVIII. Los servicios que ofrecen;
* DIF.
XIX. Los trámites que ofrecen,
* Vivienda.
* DIF.
XXI. Deuda pública.
XXII. Gastos de comunicación social y publicidad oficial.
XXIII. Resultados de las auditorías
XXIV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
XXVI. Las concesiones,contratos, convenios, permisos y licencias; Leer Aqui otros contratos y convenios
XXVIII. Sujetos obligados:
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1er Informe de Gobierno 2015-2018
XXIX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones;
XXX. Informe de avances programáticos o presupuéstales, balances generales y su estado financiero;
XXXI. Padrón de:
XXXII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles:
XXXV. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana;
* DIF.
* Desarrollo Social.
XXXVII. Los programas que ofrecen:
* DIF.
* Desarrollo Social.
XXXVIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
XL. Los estudios financiados con recursos públicos;
A la fecha el municipio no ha financiado estudios con recurso público
XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto.
XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o especie.
No aplica porque el Municipio no recibe ni realiza donaciones en dinero.
XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
No existen Consejos Consultivos, por lo tanto no existen Actas de Sesiones y/o Recomendaciones que emitan los Consejos Consultivos.
XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
Capítulo Tercero De las obligaciones de transparencia específicas de los sujetos obligados
Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:
I. El Plan Estatal de Desarrollo Queretaro y el Plan Municipal de Desarrollo Municipal 2015- 2018
II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;
III. El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas;
IV. contribuyentes quienes recibieron cancelacion o condonacion de algún crédito fiscal;
V. Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos;
- En el Municipio de Landa de Matamoros no existe ninguna persona nombrada como Notario Publico.
VII. Las disposiciones administrativas que emitan;
VIII. El contenido de las gacetas municipales.
Hasta la fecha del cuarto trimestre del año 2016 no existen gacetas Municipales en Landa de Matamoros.
IX. Las actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos.
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Como parte del compromiso de esta Adminstracion con la transparencia gubernamental hemos habilitado esta sección donde podrás conocer temas de Transparencia, Rendición de Cuentas y Acceso a la Información.
Ultima Modificacion 11/10/16
Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:
II. Su estructura orgánica completa.
III. Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
IV. Los indicadores que deban establecer relacionados con temas de interés público o trascendencia social; Leer Aqui
V. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; INFORMACIÓN QUE SE ESTÁ GENERANDO
VI. El directorio de los servidores públicos,
VII. Los tabuladores de remuneraciones;
VIII. Los tabuladores de gastos de representación y viáticos;
X. Las contrataciones de servicios profesionales por honoraros, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
XI. La información en Versión Publica de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello;No se ha generado
XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia.
XIII. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal; 2009, 2014, 2015, 2016
XVII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción; (No Existen hasta el Momento)
XVIII. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos; Vivienda
XIX. Los trámites que ofrecen, sus requisitos y formatos; Registro Civil, Secretaria, Vivienda contraloría
XXI. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;(No Existen hasta el Momento)
XXII. Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores número de contrato y concepto o campaña;
Frac XXIIB
XXIII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen; No se ha generado
XXIV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
XXV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
XXVI. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones; Leer Aqui otros contratos y convenios
XXVIII. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
1er Informe de Gobierno 2015-2018
XXIX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones;
XXX. Informe de avances programáticos o presupuéstales, balances generales y su estado financiero;
XXXI. Padrón de proveedores y contratistas; Más Información
XXXII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad;
XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos; (No Existen hasta el Momento)
XXXV. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana;
XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
XXXVIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
XL. Los estudios financiados con recursos públicos;
XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
XLVI. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; y
XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
Capítulo Tercero De las obligaciones de transparencia específicas de los sujetos obligados
Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:
I. El Plan Estatal de Desarrollo Queretaro y el Plan Municipal de Desarrollo Municipal 2015- 2018
II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;
III. El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las descripciones superficiales;
IV. El nombre, denominación o razón social y número del registro federal de los contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;
V. Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del nombramiento y las sanciones que se les hubieren aplicado;
VI. Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los cambios de uso de suelo y licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales;
VII. Las disposiciones administrativas que emitan, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia;
VIII. El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos; y
IX. Las actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos.
Version Anterior Articulo 7
DE LA INFORMACIÓN QUE DEBE SER DIFUNDIDA POR LOS SUJETOS OBLIGADOS (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
Artículo 7
Los sujetos obligados a que se refiere la presente Ley, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública en los términos del Reglamento respectivo. Para tales efectos, según convenga, lo realizarán por los medios oficiales y aquellos que puedan lograr el conocimiento público, tales como publicaciones, folletos, periódicos, murales, medios electrónicos o cualquier otro medio de comunicación pertinente. (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
Deberán tener un portal en internet, en cuya página de inicio habrá una indicación claramente visible con la leyenda “Transparencia” que enlace al sitio donde se encuentre la información a la que se refiere el presente artículo, debiendo utilizar un lenguaje claro, accesible, que facilite su comprensión por todos los posibles usuarios; contará con buscadores temáticos y dispondrá de un respaldo con todos los registros electrónicos para cualquier persona que los solicite. (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) Asimismo, deberán fomentar la publicación de información útil para la ciudadanía, tales como servicios públicos y trámites. (Ref. P. O. No. 75, 30-XII-08)
Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente: (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
I. Su estructura orgánica; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
II. Las atribuciones y los servicios que prestan las unidades administrativas; (Ref. P. O.No. 25, 18-V-12)
III. Los medios oficiales de difusión de cada sujeto obligado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) Actualmente no se cuenta con un medio oficial sin embargo se publica en el Periódico Oficial, La Sombra de Arteaga.
III. Los medios oficiales de difusión de cada sujeto obligado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) Actualmente no se cuenta con un medio oficial sin embargo se publica en el Periódico Oficial, La Sombra de Arteaga.
IV. Las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos administrativos, manuales administrativos, circulares y demás disposiciones de observancia general que regulen el desarrollo y fundamente la actuación de la Entidad; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
V. El directorio de servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o sus equivalentes; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
VI. El ejercicio del presupuesto de egresos desglosado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
VII. Los balances, Resultados Financieros, documentación contable, formularios, nóminas, listas de personal, asesores externos, peritos y demás información que refleje el estado financiero de la Entidad; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
VIII. La estadística e indicadores sobre información relevante, respecto a la procuración de justicia y a la actividad del Ministerio Público; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) NO APLICA PARA EL MUNICIPIO
IX. La remuneración neta mensual por puesto de los servidores públicos, en la que deberán incluirse las percepciones o elementos que incidan en la integración del salario; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
X. Los datos y fundamentos finales contenidos en los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento o el rechazo de permisos, concesiones o licencias que la ley permite autorizar a cualquiera de los sujetos obligados, así como un listado de los que se hubieren otorgado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
XI. Las contrataciones, licitaciones y los procesos de toda adquisición de bienes o servicios; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
XII. Las cuentas públicas y sus respectivos dictámenes, sus observaciones y sanciones; así como los procedimientos de éstas y de su ejecución; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
XIII. Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal que realicen, según corresponda, los órganos de control interno y la Entidad Superior de Fiscalización del Estado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
XIV. Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino: Formato único sobre aplicaciones de los recursos federales, Presupuesto de Egresos 2013
XVI. La información de los órganos jurisdiccionales, administrativos o del trabajo, que tengan por objeto resolver controversias o aplicar el derecho, además de la citada en las otras fracciones de este artículo, se archivará electrónicamente... (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) NO APLICA PARA EL MUNICIPIO
XVII. Las fórmulas de participación ciudadana, en su caso, para la toma de decisiones por parte de los sujetos obligados: COMITÉS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
XVIII. Los servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) Trámites y servicios Tesorería, DIF, Registro Civil, Secretaría del Ayuntamiento
XIX. Las controversias entre entidades gubernamentales; (Ref. P. O. No. 25, 18-V- 2) EL MUNICIPIO NO TIENE CONTROVERSIAS EN ESTE PERIODO
XX.Las iniciativas y dictámenes aprobados por la Legislatura del Estado; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
Ley de Ingresos del municipio 2013
XXI.Los informes anuales de actividades; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
INFORMES ANUALES
XXII. La aplicación del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial y cualquier otro análogo de todos los sujetos obligados; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12) NO APLICA PARA EL MUNICIPIO
XXIII. Las convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, concesiones, permisos y autorizaciones, así como sus resultados; (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
XXIV. El padrón de proveedores (2013, Nov2014, Dic14) y el padrón de contratistas (2013, Nov2014, Dic15 ) (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12)
REQUISITOS PARA REGISTRO DE PROVEEDORES (2013) // FORMATO PARA REGISTRO DE PROVEEDORES // REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE CONTRATISTAS // FORMATO PARA REG DE CONTRATISTAS
XXV. Toda aquella información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, excepto la que atente contra derechos de terceros, ataque la moral, altere el orden público, la paz social o afecte la intimidad de las personas. (Ref. P. O. No. 25, 18-V-12).
Formato único sobre aplicaciones de los recursos federales.